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- Written by: Efraín Salvador Mirón
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Baja patronal en el seguro social (art. 251)
¿por qué sucede?
Que tal, queridos audaces, con él es un gusto saludarles.¿Conoces a que se refiere la baja patronal en el Seguro Social, por artículo 251? En esta ocasión, me permito compartir contigo, mi opinión al respecto y algunos riesgos a considerar.
En primera instancia, la fracción XI del artículo 251 de la Ley del Seguro Social – precepto en el que se fundamenta la autoridad para su aplicación – establece literalmente lo siguiente:
Baja patronal en el seguro social (art. 251)
¿por qué sucede?
Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las siguientes facultades y atribuciones:
XI. Dar de baja del régimen obligatorio a los patrones, sujetos obligados y asegurados, verificada por el Instituto la desaparición o inexistencia del supuesto de hecho que dio origen a su aseguramiento, aun cuando el patrón o sujetos obligados hubiesen omitido presentar el aviso de baja respectivo, sin perjuicio de las sanciones previstas en esta Ley;
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- Written by: LCP Rufino López Jiménez
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En el decreto que se publicó el día 23 de abril del 2021, donde se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en materia de Subcontratación Laboral, se establece que queda prohibida la subcontratación de personal, con excepción de las empresas que se registren en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas).
Por lo anterior, se permite la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas considerando estos puntos importantes:
Read more: El alta en el REPSE y las obligaciones derivadas.